Publicada el 5 de diciembre de 2011
La ingesta de alcohol al volante como segunda causa de siniestralidad, relacionada directamente con una mayor gravedad y mortalidad de los accidentes.
OBJETIVOS DE LA CAMPAÑA:
- Mentalizar a todos los conductores sobre la especial gravedad de esta conducta, que incide directamente en la siniestralidad vial.
- Informar sobre los efectos que la ingestión del alcohol provoca en las habilidades a la hora de conducir un vehículo y el peligro potencial que supone para la circulación, aunque sea en pequeñas cantidades.
NORMATIVA APLICABLE:
- Ley de Seguridad Vial - Art 65.
- Reglamento General de Circulación - Art 20 al 26.
- Código Penal - 379, 380 (556) y 381.
Conducir sobrepasando la tasa máxima de alcohol permitida 0,25 mg./l. en aire espirado(0,50 g/l en sangre) es considerada como una infracción muy grave. Lleva aparejada una multa de entre 300 y 600 € y la resta de 4 a 6 puntos del permiso de conducir.
Además, el que circule conduciendo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 mg./l, (1,2 g./l en sangre) será puesto a disposición judicial como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial (Art. 379.2 C.P.)
Relaciones Externas Policía Municipal