Descripción

Él día 30 de diciembre de 2016 el Pleno del Ayuntamiento de Valladolid adoptó el siguiente acuerdo:

"Visto el expediente V.20/2016, relativo a la memoria sobre la determinación de la forma más sostenible y eficiente de gestionar los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento y depuración de aguas residuales


Visto lo dispuesto en los artículos 85.2 relativo a las formas de gestión de los servicios públicos y 85. bis, relativo a la creación de las entidades públicas empresariales locales, ambos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y el contenido de los artículos 103 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a quien deben entenderse remitidas las referencias de la referida Ley 7/1985.


Atendido que al referido expediente se han incorporado los siguientes documentos:


- Acuerdo de Pleno de fecha 5 de mayo de 2016, por el que se inició el expediente para la determinación de la forma más sostenible y eficiente de gestionar los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento y depuración de aguas residuales, y se designó la Comisión Político Técnica encargada de elaborar la memoria justificativa.


- Actas de las sesiones de la Comisión Político Técnica de fechas 16 de mayo, 31 de mayo, 13 de julio y 15 de diciembre de 2016, con la documentación analizada en cada una ellas, e informes dejando constancia de los asesoramientos recibidos.


- Acuerdo de la Comisión Político Técnica de fecha 15 de diciembre de 2016 de la aprobación de la Memoria sobre determinación de la forma más sostenible y eficiente de gestionar los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento y depuración de aguas residuales.


- Texto de la Memoria aprobada, con la propuesta de creación de una entidad pública empresarial local, en la que se justifica dicha creación en la rentabilidad económica y recuperación de la inversión, la sostenibilidad financiera, rentabilidad social, y en que su organización en régimen de descentralización funcional permite una flexibilidad en la gestión compatible con los mecanismos de control de la gestión de fondos públicos, lo que determina su mayor eficiencia en los términos del artículo 85.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.


- Anexos a dicha memoria, entre otros, los estatutos de la entidad, junto con el borrador-propuesta de reglamento del servicio, de presupuesto 2017 y de tasas.


- Informe de la Intervención municipal al que se refiere el artículo 85.2 de Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.


SE ACUERDA:


PRIMERO.- Aprobar la Memoria sobre la determinación de la forma más sostenible y eficiente de gestionar los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento y depuración de aguas residuales que contiene la propuesta de gestión directa del servicio a través de una entidad pública empresarial local.


SEGUNDO.- Aprobar la constitución de la entidad pública empresarial local para la gestión del ciclo integral del agua de Valladolid, como forma de gestión directa de los servicios de abastecimiento de agua y saneamiento y depuración de aguas residuales, que comenzará su actividad tras la correspondiente publicación oficial de este acuerdo y estatutos, sin perjuicio de la efectiva asunción de los servicios cuando finalicen las concesiones.


TERCERO.- Aprobar los estatutos de la mencionada entidad que figuran como anexo uno a este acuerdo.


CUARTO.- Adscribir a la entidad los bienes que figuran en el anexo dos de este acuerdo, que quedarán afectos al servicio público con la consideración de bienes demaniales, y ejerciendo la entidad pública empresarial local las competencias para la vigilancia, la protección jurídica, la defensa, la administración, conservación y mantenimiento y demás actuaciones que requieran el correcto uso y utilización de los mismos.


QUINTO.- Ordenar que se dé la tramitación legal o reglamentaria que proceda para la aprobación del Reglamento del Servicio, Tasas y Presupuesto 2017 de la entidad, cuyos borradores-propuesta figuran en la Memoria sobre la determinación de la forma más sostenible y eficiente de gestionar los servicios.


SEXTO.—Clasificar la entidad pública empresarial local, creada para la gestión del ciclo integral del agua de Valladolid, en el grupo 1, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional duodécima de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Acuerdo del Pleno Municipal de 12 de enero de 2016.


SÉPTIMO.—Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid el acuerdo y el texto de los Estatutos de la Entidad y bienes adscritos que constituyen parte de su objeto.


OCTAVO.- Realizar los trámites precisos para la Inscripción en el Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, en el plazo de 30 días desde la publicación, conforme a los artículos 82 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público."


En los documentos adjuntos se puede encontrar la documentación relativa al expediente, así como la información sobre los asesoramientos y apoyo técnico recibido de conformidad con lo previsto en el artículo 85 de la Ley 7</1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local