Finalidad de la asociación

- Representar y defender los intereses de sus asociados y fomentar cuantas actividades de todo tipo tiendan a promocionar y difundir el trabajo profesional que realizan.

- Ejercer cuantas funciones le sean encomendadas por la Asamblea.

- Generar y colaborar con las Administraciones Públicas, mediante la realización de estudios, emisión de informes, elaboración de estadísticas y otras actividades relacionadas con sus fines o que puedan seres solicitadas o se acuerden por propia iniciativa.

Organizar actividades y servicios comunes, de interés para los miembros asociados, de carácter formativo, cultural, asistencial, de previsión o cualquier otro análogo.

- Facilitar la relación y el intercambio de experiencias entre los profesionales de la gestión cultural que trabajen en la comunidad autónoma de Castilla y León.

- Contribuir al debate, definición y análisis de las dinámicas culturales existentes en la comunidad autónoma de Castilla y León y su vinculación con el resto de España y Europa.

- Posibilitar la incidencia de la opinión de los profesionales en aquellas decisiones e iniciativas que afecten a la gestión cultural, sean de índole jurídica, económica, organizativa, productiva, etc.

- Procurar y fomentar el desarrollo de líneas de actuación encaminadas a la formación permanente de los profesionales en la gestión cultural, mediante la realización de cursos, celebración de ferias y exposiciones, organización y participación en certámenes, seminarios, etc.

- Impulsar la profesionalización de los espacios públicos culturales existentes en la comunidad autónoma de Castilla y León, favorecer que sean dotados con personal técnicamente cualificado para desempeñar esas funciones y colaborar en la extensión y mejora de las infraestructuras de este carácter.

- La formulación de propuestas para el fomento y la participación activa de los espectadores y usuarios culturales de las actividades que en ellos se desarrollan.

- Cualesquiera otros que desarrollen o complementen los anteriores y que sean establecidos por la Asamblea General.