Descripción
El artículo 30 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante RGPD), establece que cada responsable y encargado del tratamiento o, en su caso, su representante, llevará un registro de las actividades de tratamiento efectuadas bajo su responsabilidad. Dicho registro deberá contener la siguiente información:
- El nombre y datos de contacto del responsable y, en su caso, del corresponsable, del representante del responsable, y del delegado de protección de datos.
- Los fines del tratamiento.
- Una descripción de las categorías de interesados y de las categorías de datos personales.
- Las categorías de destinatarios a quienes se comunicaron o comunicarán los datos personales, incluidos los destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales.
- En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país o una organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49, apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
- Cuando sea posible, los plazos previstos para la supresión de las diferentes categorías de datos.
- Cuando sea posible, una descripción de las medidas técnicas y organizativas de seguridad a que se refiere el artículo 32, apartado 1 del RGPD.
En similares términos, el artículo 31 de la Ley Orgánica 3/2018, de 3 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante LOPDGDD) se dedica a regular el registro de actividades de tratamiento, disponiendo en su apartado 2 que los sujetos enumerados en su artículo 77.1, entre los que se encuentra este ayuntamiento, harán público un inventario de sus actividades de tratamiento accesible por medios electrónicos en el que constará la información establecida en el artículo 30 del RGPD.
Esta publicación, también se recoge en el artículo 6 bis de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
En consecuencia, para dar cumplimiento a esta normativa, se publica el inventario de actividades de tratamiento del Ayuntamiento de Valladolid.
INVENTARIO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO con datos actualizados a enero de 2026.



