Finalidad de la asociación

Promover ante la sociedad y los poderes públicos la protección y defensa de los derechos de los hijos, en especial cuando se produzca la extinción de la relación entre sus progenitores.

Promover en tales casos la igualdad real y práctica de las personas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14 de la Constitución Española.

Impulsar el cambio social promoviendo el concepto de igualdad y mutuo respeto en las relaciones paterno-filiales y de pareja, combatiendo el machismo obsoleto que atribuye a los progenitores, en función de su sexo, roles desiguales en su relación con los hijos, en donde la madre interpreta el papel de principal suministradora de afecto y el padre el de mero abastecedor económico y símbolo de autoridad.

Promover la modificación de la legislación vigente y la adopción de medidas por los poderes públicos en materia de filiación y matrimonio, en orden a:

1. Reconocimiento legal del derecho de los hijos a relacionarse por igual con ambos progenitores y sus respectivas familias, con independencia del estado civil de sus progenitores; custodia compartida desde el mismo momento en que se produce la separación física de sus progenitores.

2. Una vez establecida legalmente la figura jurídica de la custodia compartida automática, consideración del incumplimiento de la misma por parte de cualquiera de los progenitores (exista o no traslado del menor), como supuesto incluido en uno delos delitos de detención ilegal y secuestro tipificados en los artículos 163 y siguientes del Código Penal español.

3. Reconocimiento legal del derecho del niño a relacionarse o convivir con aquellas personas a quienes se siente unido por lazos afectivos estrechos producto de una relación o convivencia anteriores, aún no existiendo lazos sanguíneos o derechos legales previamente reconocidos entre el menor y tales personas (nacimiento de un derecho a partir de un vínculo afectivo estrecho preexistente).

4. Que se tipifique como delito cualquier intento de separar o crear un distanciamiento, físico o psicológico, entre el niño y aquellas personas con quienes está unido por lazos biológicos o afectivos estrechos ("síndrome de alienación parental").

5. Desaparición de la figura jurídica de la "patria potestad".

6. Mediación familiar obligatoria y gratuita en los casos de ruptura familiar con niños.

Difundir todo tipo de trabajos y documentos relacionados con la temática de las separaciones, divorcios y relaciones paterno-filiales.

Llevar a cabo públicos de defensa y promoción de los mencionados derechos y aspiraciones.

Colaborar con cuantas instituciones, organizaciones y campañas persigan sus fines.

Cualesquiera otros que se aprueben por la asociación y contribuyan al logro de los anteriores objetivos.