El Consejo Social de Valladolid es un órgano colegiado permanente de carácter consultivo y de participación del Ayuntamiento

¿Que hacemos?

El Consejo Social de Valladolid es un órgano colegiado permanente de carácter consultivo y de participación del Ayuntamiento, que se crea por aplicación de lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.

Son funciones del Consejo social:

  • Informar el Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid con ocasión de su revisión o modificación sustancial.
  • Informar los criterios generales del Presupuesto Municipal antes de su aprobación como proyecto.
  • Dictaminar las propuestas de planificación estratégica de la Ciudad, los grandes proyectos urbanos y de desarrollo socioeconómico.
  • Todas aquellas que le sean encomendadas por los órganos del Ayuntamiento.

El Consejo tiene además las siguientes facultades:

  • Elaborar dictámenes e informes sobre acciones y asuntos orientados a la mejora y al desarrollo de la Ciudad, especialmente en los temas que sean competencia del sector público municipal, por iniciativa propia o a petición de los órganos de gobierno del Ayuntamiento.
  • Canalizar demandas y propuestas socio-económicas procedentes de Asociaciones e Instituciones con actividad económica y social en el ámbito de la Ciudad sin representación en el Consejo Social.
  • Actuar como cauce de participación y diálogo de los distintos interlocutores sociales en el análisis y propuestas sobre asuntos de carácter socio-económico.
Composición
  • El Alcalde de la Ciudad que ostenta la presidencia.
  • El Rector de la Universidad de Valladolid o Vicerrector en quien delegue.
  • El Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Valladolid o directivo en quien delegue.
  • Tres representantes de las Organizaciones Sindicales más representativas en el ámbito de la Ciudad, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical, y designados por ellas.
  • Tres representantes de las Organizaciones Empresariales más representativas de la ciudad, de acuerdo con la representatividad institucional que ostenten y designados por la Confederación Vallisoletana de Empresarios.
  • Tres representantes de las dos Federaciones de Asociaciones de Vecinos y Consumidores del ámbito de la Ciudad, designados en proporción al número de sus socios.
  • El Presidente del Consejo Local de la Juventud o directivo en quien delegue.
  • Seis expertos independientes con notable prestigio, representativos de los ámbitos socio-económico, cultural, urbanístico, etc., designados, a propuesta del Alcalde, oída la Junta de Portavoces, por el Pleno del Ayuntamiento, con el voto favorable de las tres quintas partes de sus miembros en primera votación o por la mayoría absoluta de ellos en segunda votación.