Descripción

A partir de hoy, viernes 24 de enero, se podrá recoger el nuevo Carnet de Alimentador de Colonias Felinas de Valladolid, emitido por el Ayuntamiento a través de su Área de Salud Pública y Seguridad Ciudadana, lo que se sitúa dentro de las medidas incluidas en la "Ordenanza Reguladora de la Convivencia Responsable y Protección Animal de la Ciudad de Valladolid" vigente desde 2018.


Dentro del Área de Salud Pública, el Servicio de Salud y Consumo tiene asumidas las funciones de control de la salubridad y promoción de la salud municipal, siguiendo las actuales orientaciones y directrices de la salud pública vinculada a la protección animal, y esas actividades son desarrolladas principalmente por el Centro Municipal de Protección Animal, cuya cartera de servicios ha sido dada a conocer recientemente.


Este pionero nuevo Carnet de Alimentador de Colonias Felinas de Valladolid, en formato de la habitual tarjeta de vinilo, sustituye al anterior provisional proporcionado a aquellos alimentadores que realizaron alguno de los cursos de gestores de colonias organizados por el Servicio Municipal de Salud y Consumo conjuntamente con la Gataforma, la plataforma constituida por la agrupación de varias asociaciones que gestionan colonias felinas en la ciudad, todo ello en el marco normativo de los artículos 8 (Alimentadores autorizados) y 34 (Colonias de gatos asilvestrados) de la Ordenanza Protección Animal de la Ciudad de Valladolid citada, que se recogen en esta publicación.


La Gataforma nació como una plataforma cívica, formada por varias asociaciones con amplia experiencia en la gestión de colonias felinas, que aúnan esfuerzos para la integración de éstas en el espacio urbano de Valladolid, de esta forma nuestra ciudad se suma a las actuaciones similares en otras ciudades del país.


La gestión ética y controlada de las colonias felinas consiste en la alimentación adecuada (comida seca), la limpieza exhaustiva de la zona, la desparasitación y la atención veterinaria de los animales que la forman, así como la aplicación del Método CER (Captura-Esterilización-Retorno) como medio de control poblacional de la misma.


Se ha llevado a cabo la formación de más de 200 personas alimentadoras de unas 100 colonias censadas en la ciudad, que han sido visitadas in situ, para conocer de primera mano la situación de cada una de ellas. Estas personas, comprometidas con la gestión integral de dichas colonias, serán portadoras de este nuevo carnet o autorización municipal para la realización de su labor, como así se recoge en los artículos 8 y 34 de la Ordenanza Reguladora de la Convivencia Responsable y Protección Animal.


El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 2 de octubre de 2018, acordó la aprobación definitiva de la "Ordenanza reguladora de la Convivencia responsable y Protección Animal de la Ciudad de Valladolid", publicada en el BOP de 22oct.2018:


Ordenanza Reguladora de la Convivencia Responsable y Protección Animal

Artículo 8.- Alimentadores autorizados


1.- Con carácter general está prohibido alimentar a los animales en la vía pública, a excepción de alimentadores autorizados expresamente y a excepción de urgencia vital del animal, siempre que estas excepciones no entren en conflicto con la salud y la seguridad de las personas.


2.- Se considerará alimentador/a autorizado a la persona que así conste inscrita en un registro creado al efecto por los Servicios veterinarios municipales y conforme a unos criterios de valoración establecidos por ellos. A las personas registradas se les proporcionará un carné de alimentador expedido por el Ayuntamiento, que deberán mostrar a petición de la autoridad competente.


3.- Solo se permitirá la alimentación en aquellas zonas y espacios públicos y para aquellas especies animales que se autoricen en el momento de la inscripción del alimentador/a. Cualquier modificación de zonas de alimentación y/o especies de animales a alimentar deberá ser autorizada por los Servicios Municipales competentes.


4.- La alimentación sólo podrá realizarse con pienso seco, y, excepcionalmente, atendiendo a las circunstancias especiales en las que se encuentre el animal, con otro tipo de alimento previo consulta al veterinario municipal que extenderá una autorización al efecto. El alimentador/a deberá proceder a la retirada del alimento que no haya sido consumido y a limpiar, de ser necesario, la zona utilizada.


5.- Se podrá autorizar la instalación de estaciones de alimentación de pienso seco y de depósitos de agua con carácter permanente en aquellas zonas donde existan colonias controladas de gatos asilvestrados siempre que no tenga efectos negativos desde el punto de vista sanitario, medioambiental y estético y puedan estar protegidas frente a actos vandálicos, previa valoración e informe favorable de los Servicios veterinarios municipales. Corresponderá a las entidades de protección y defensa de los animales legalmente constituidas y a las personas alimentadoras autorizadas su correcto mantenimiento.


6.- De acuerdo con las necesidades sanitarias, el equilibrio zoológico y la variación de los factores que afecten a la dinámica poblacional, los Servicios veterinarios municipales podrán proponer la modificación de las especies y/o de las zonas y espacios donde se pueden alimentar a los animales en vía pública.


En cuanto a la información relativa a las colonias de gatos asilvestrados se puede citar el Artículo 34:


Artículo 34.- Las colonias de gatos asilvestrados


1.- En el marco de programas de control sanitario y demográfico de la población felina se podrá autorizar por los Servicios Municipales competentes la existencia de colonias controladas de gatos asilvestrados en determinados espacios públicos.


2.- El Ayuntamiento podrá promover la gestión de dichas colonias de gatos con el objeto de minimizar las molestias producidas por los animales al vecindario, reducir los riesgos sanitarios, evitar la sobrepoblación y mejorar su calidad de vida, mediante la agrupación controlada de los gatos debidamente esterilizados, en espacios públicos previamente localizados. La autorización de la existencia de estas colonias estará supeditada en todo momento a que no pueda ocasionar efectos negativos sobre la salud pública, el medio ambiente y la convivencia ciudadana.


3.- Para una adecuada gestión y mantenimiento de las colonias controladas de gatos asilvestrados se requerirá la colaboración de las entidades de protección y defensa de los según lo dispuesto en el artículo 8 de esta Ordenanza o de personas con capacidad acreditada para ello. A tal efecto, se procederá al control poblacional de las colonias felinas de gatos asilvestrados en el Centro Municipal de Protección Animal o en centros colaboradores, mediante la aplicación del Método CES (Captura-Esterilización-Suelta) con un programa

de intervención que promueva y facilite la esterilización y el fomento del bienestar de estos animales, coordinado por las autoridades y técnicos municipales y con la participación de particulares, asociaciones y veterinarios colaboradores, en las condiciones que se determinen por Decreto de la Alcaldía.


4.- Todas las actuaciones de mantenimiento de las colonias se realizarán con la mínima perturbación de los espacios públicos, de su estado de limpieza y de la convivencia con la ciudadanía.


5.- Con toda la información y documentación recabada el Ayuntamiento realizará un censo de colonias controladas de gatos asilvestrados.


6.- Las instalaciones y objetos relacionados con colonias controladas de gatos

asilvestrados censadas por el Ayuntamiento no podrán ser objeto de desmantelamiento, destrucción, sustracción o similares ni se podrá poner en situaciones de peligro ni molestar a los felinos que la integran.


A continuación, se enumeran e los datos facilitados por la Gataforma, a través de los alimentadores, a fecha 01/09/2019. Estos datos son orientativos tras la visita de 72 colonias. Se trataría de una aproximación al censo de gatos asilvestrados en Valladolid.


Nº TOTAL DE GATOS: 2780

1. Hembras: 1204

2. Machos: 929

3. Sexo desconocido: 647


Nº DE GATOS ESTERILIZADOS: 1489

1. Hembras: 914

2. Machos: 575


Nº DE GATOS PENDIENTES DE ESTERILIZAR: 1291

1. Hembras: 290

2. Machos: 354

3. Sexo desconocido: 647


Nº DE COLONIAS VISITADAS: 72 (40 situadas en suelo público)

Nº DE COLONIAS REGISTRADAS EN LAS FORMACIONES HASTA OCTUBRE 2019: ENTRE 100-120 (aproximadamente 70 situadas en suelo público).