Descripción

El Ayuntamiento de Valladolid ha aprobado la convocatoria de ayudas vecinales orientadas a la promoción de la participación ciudadana en dos líneas: financiación de actividades en todas las zonas de la ciudad y organización de fiestas, que se realizarían, como todos los actos, respetando las normas de seguridad derivadas del COVID-19.


El acuerdo adoptado en Junta de Gobierno establece un presupuesto de 205.821 euros. La mayor parte (136.246 euros) se destina a las actividades en todos los barrios de Valladolid y 69.575 euros a fiestas.


El concejal de Participación Ciudadana y Deportes, Alberto Bustos, considera fundamental el apoyo a las asociaciones de vecinos para que sigan dinamizando la vida en todos los barrios de la ciudad. El respaldo al "tejido asociativo" es una de las señas de identidad del Gobierno municipal y la convocatoria de subvenciones es una prueba más: "Para nosotros más que un gasto es una inversión porque realizan una labor esencial, imprescindible para la ciudad porque contempla una atención cercana a las necesidades de los vecinos y vecinas de los barrios: formación, información y asesoramiento, atención a las personas mayores, actividades culturales…". Alberto Bustos también valora de forma positiva el papel de "interlocución" que desempeñan los colectivos vecinales con el Ayuntamiento, incluido su sentido de la reivindicación. Por eso, se procura a las asociaciones locales donde pueden realizar estas acciones.


Se establecen dos posibles líneas de subvención:


Línea 1: Subvención para la financiación de un proyecto anual de actividades.


Podrán participar en esta línea las asociaciones vecinales y las federaciones de asociaciones vecinales del municipio de Valladolid. Tendrá por objeto el desarrollo de un único programa de actividades de carácter formativo, sociocultural, de promoción del asociacionismo y de la participación ciudadana en la vida pública, orientadas a la mejora de la realidad del barrio o zona de actuación.


Línea 2: Subvención para la financiación de actividades vinculadas a las fiestas del barrio.

Podrán participar en esta línea sólo las asociaciones vecinales del municipio de Valladolid que participen también en la anterior línea. Tendrá por objeto el desarrollo de un conjunto de actividades programadas para la celebración de las fiestas del barrio en el que actúa cada asociación.


Condiciones específicas que rigen esta convocatoria:


1. Cada una de las entidades solicitantes podrá presentar un único proyecto por cada línea de subvención.

2. Todas las actividades deberán desarrollarse en el año 2021 en el municipio de Valladolid, y con prioridad en un centro de participación ciudadana. Solo se admitirán actividades que exijan un desplazamiento fuera de la ciudad cuando tengan un claro interés de promoción cultural y de desarrollo de valores educativos. Este tipo de actividades no podrán superar en ningún caso el 20% del total de la cantidad concedida.

3. Las entidades beneficiarias se comprometen a facilitar la inspección y seguimiento de las mismas y autorizan todas aquellas actuaciones municipales tendentes a verificar la información aportada.

4. Las entidades beneficiarias se comprometen a que cualquier soporte publicitario que utilicen para la difusión y publicidad del proyecto de actividades subvencionado al amparo de esta convocatoria, incorpore el nombre de la Concejalía de Participación Ciudadana y Deportes, el escudo del Ayuntamiento de Valladolid, y cualquier otro elemento de imagen corporativa oficial que el Ayuntamiento decida incorporar.

La entidad se compromete a no utilizar publicidad sexista ni discriminatoria en ningún formato que utilice para la difusión de las actividades y/o los programas subvencionados.

5. La asociación se hará responsable de formalizar cualquier autorización administrativa que la actividad pudiera requerir, asumiendo todos los gastos que la organización de las actividades pudiera conllevar (seguridad, ocupación de vía pública etc.).

6. En el caso de que no se pudiera poner en marcha, por causa justificada, alguna de las actividades del proyecto, se podrá destinar el importe de la subvención recibida a otra actividad incluida en el mismo. De forma excepcional, se podrán modificar las condiciones del desarrollo de las actividades para que puedan adaptarse a las exigencias de la normativa vigente para la prevención del contagio de la covid.

7. Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la presente convocatoria las siguientes actividades: las promovidas por asociaciones que estén incursas en las circunstancias que prohíben ser beneficiario, previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones; las que requieran un desplazamiento fuera de la ciudad y persigan un interés comercial, y las actividades que tengan un carácter discriminatorio de cualquier tipo y no favorezcan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

La cuantía máxima solicitada como subvención, en cada una de las dos líneas, no podrá superar el 80% del coste total del proyecto al que se aplique, financiando el resto la entidad solicitante, con fondos propios o mediante otras subvenciones públicas o privadas.