Descripción


Ayer, 20 de julio de 2020, se conoció la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) por la que se desestima el recurso presentado por la anterior propiedad del patio de Las Francesas, que pretendía el abono de 1.051.344 euros, frente a los 401.427,66 hechos efectivos por el Ayuntamiento, conforme a la expropiación realizada por ministerio de ley de dicho espacio en marzo de 2018.


El Patio de que se habla es un espacio abierto de 298 metros cuadrados, situado en el centro del claustro de "Las Tabas", del antiguo convento de las Comendadoras de Santa Cruz, y que estaba calificado como espacio libre público en el Plan General de Ordenación Urbana de 2003. Como consecuencia, según se prevé en el artículo 227.2 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, hubo que llevarse a cabo su expropiación.


Después de efectuada la valoración municipal y el posterior acuerdo de la Comisión Territorial de Valoración (CTV), se hizo efectivo el pago. En el recurso se ponen en cuestión tales valoraciones públicas (del Ayuntamiento y de la CTV), pero lo cierto es que, como se hace constar en la misma sentencia, la finca se adquirió por la entidad recurrente en 2004 por 300.000 euros, y la pretensión de que se abone la cantidad reclamada "evidencia la desproporción en su reclamación ya que, aunque con observación de la distancia temporal, ha de tenerse en cuenta la crisis en materia inmobiliaria padecida a partir de 2008".


El concejal de Planeamiento Urbanístico y Vivienda, Manuel Saravia, se felicita de una sentencia que mantiene en parámetros razonables la actuación llevada a cabo por el Ayuntamiento. También considera interesantes las manifestaciones que se hacen en la propia sentencia sobre la delimitación de la propiedad (el espacio abierto, empedrado, con fuente y cerrajería), "que en modo alguno y en atención a la propia hoja registral pueden ser confundidos con el Claustro o las arcadas del siglo XV".