Descripción

  • El concejal de Hacienda, que ha presentado hoy la revisión tributaria para 2012, ha destacado el esfuerzo realizado por el equipo de gobierno al mantener todas las bonificaciones fiscales y ampliar aquellas vinculadas al fomento del empleo y a las viviendas de protección oficial

  • A pesar de la disminución de los ingresos municipales, la tasa de la ORA se congela y la variación que experimentarán los restantes tributos locales en 2012, al igual que en ejercicios anteriores, se limitará a la actualización de sus importes con arreglo al IPC

La Junta de Gobierno celebrada esta mañana ha aprobado el proyecto de modificación de Ordenanzas Fiscales que estarán en vigor en Valladolid en 2012 y que regulan los impuestos y las tasas que se aplicarán el próximo ejercicio en el término municipal.

En la presentación del proyecto, el concejal de Hacienda y Función Pública, Alfredo Blanco Montero, ha resaltado el esfuerzo que realiza el equipo de gobierno en esta coyuntura económica de descenso de los ingresos municipales al limitar la modificación de los tributos para el próximo año a una actualización de los mismos de acuerdo con el correspondiente IPC interanual del mes de agosto, que en este caso es del 3%, sin que afecte a la tasa de la ORA, que vuelve a congelarse por segundo año consecutivo.

Además, Blanco ha señalado que no sólo se mantendrán en 2012 todas las bonificaciones existentes, sino que se ampliarán las mismas para apoyar a los sectores sociales más desfavorecidos como son los desempleados, tanto jóvenes como parados de larga duración, o los titulares de viviendas de protección pública de gestión pública, que verán como se amplía a un año más la bonificación en el pago del IBI correspondiente a sus viviendas.

El objetivo del equipo de gobierno municipal es continuar con la línea de acción mantenida durante todo el mandato anterior, en el que las bonificaciones fiscales se incrementaron hasta beneficiar a más de 31.000 peticionarios, que supuso un incremento entre 2007 y 2010 del 169,83%, por un importe cercano a los once millones de euros, con un aumento en el mismo periodo del 89,52%.

Partiendo de este planteamiento general, el proyecto de modificación de Ordenanzas aprobado esta mañana tiene como elementos característicos:

carácter social

- Se amplían los beneficios fiscales para el fomento del empleo indefinido: en concreto se ha modificado la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas, incrementando las bonificaciones a las empresas que aumenten su plantilla de trabajadores con contrato indefinido. Estos nuevos incrementos han mejorado sensiblemente los beneficios ya existentes, llegando algunos tramos de la escala de bonificación a aumentar un 30%.

- En esta misma línea, el Ayuntamiento apuesta por beneficiar a los jóvenes emprendedores menores de 30 años y a los parados de larga duración, al ampliar las bonificaciones de estos colectivos en la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Licencias Ambientales y de actividades sometidas al régimen de comunicación, lo que representa una mejora en su tributación del 20% sobre los beneficios que ya existen.

- Se refuerza también el apoyo a las familias y los ciudadanos al establecer una modificación en la Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, ampliado un año más, hasta el octavo, el número de ejercicios en los que se bonifica en el pago del IBI a los titulares de viviendas de protección pública reduciendo su tributación un 5%.

- También en beneficio de los ciudadanos se ha fijado una exención en la tasa por retirada de vehículos de las vías públicas municipales para los dueños de los vehículos trasladados al depósito municipal, cuando la retirada haya sido ordenada por autoridad judicial o administrativa y posteriormente se confirme que dicha orden se produjo sin mediar responsabilidad imputable al propietario del vehículo (artículo 6 de la ordenanza).

- Sigue vigente la cláusula de estabilización en la regulación del IBI, de forma que el Ayuntamiento actualizará el tipo de gravamen aplicable en este impuesto en función del incremento de los valores catastrales que, en su caso, realice el Gobierno a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, con el límite del tipo aplicable en 2011. Con esta cláusula, el Ayuntamiento de Valladolid pretende evitar la doble repercusión que tendría en los recibos de los vallisoletanos la previsible subida de los valores catastrales que pudiera establecer la Administración del Estado.

contención de la presión fiscal

- En un contexto de dificultades económicas, que supone una fuerte disminución de los ingresos percibidos por las Administraciones públicas, y frente a las subidas de impuestos por encima del IPC puestas en práctica por el Gobierno de la nación, en Valladolid los tributos no crecerán por encima del IPC.

- Con esta medida, el equipo de gobierno municipal sigue apostando por impulsar una gestión aún más eficiente de los recursos existentes para el mantenimiento de todos los servicios y prestaciones municipales, sin reclamar un esfuerzo económico adicional a los vallisoletanos.

- El esfuerzo de contención en la presión fiscal realizado en esta ciudad destaca especialmente si se compara con la actuación de otros Ayuntamientos como por ejemplo Zaragoza, que incrementa sus tributos el 5%, o Vigo, que los incrementa el 3,9%.

Mejorar la gestión tributaria MUNICIPAL con la realización de las correspondientes adaptaciones técnicas

- Queda modificada la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por licencias ambientales y de actividades sometidas al régimen de comunicación. Con la misma, que afecta incluso a su título, se adaptan las tasas municipales a la nueva legislación vigente que regula las actuaciones administrativas a realizar por los Ayuntamientos en materia de licencias ambientales y comunicaciones de actividad, tras la desaparición de la tradicional licencia de apertura.

- Se modifica el epígrafe VII de la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público municipal, referido a la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos etc... para adaptar la determinación de los sujetos pasivos de dichas tasas al criterio interpretativo que en esa materia viene manteniendo el Consejo Económico Administrativo municipal. Así, se establece que quedarán exentos del pago de las referidas Tasas aquellos sujetos pasivos que soliciten la ocupación de terrenos públicos cuando acrediten la finalidad no lucrativa o benéfica de la actividad que pretenden realizar.

- Se incorpora como hecho imponible en la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por realización de actividades de la competencia municipal encaminada a la inmovilización y retirada de vehículos de las vías públicas municipales, más conocida como Ordenanza de Grúas, la recogida, traslado y depósito de vehículos de la vía pública ordenada por la Autoridad judicial o administrativa competente.

En definitiva, con las Ordenanzas Fiscales para 2012 se pone de manifiesto el esfuerzo que se realiza desde la Hacienda Municipal para apoyar a los sectores sociales que mayores dificultades están teniendo para afrontar la profunda crisis económica

Además, la Concejalía de Hacienda continúa trabajando en tareas de adaptación técnica y modernización de la gestión tributaria municipal para poner a disposición de los ciudadanos, en el plazo más breve posible, la cuenta corriente tributaria, que fraccionará los pagos a lo largo del año mediante el establecimiento de una cantidad fija.

Este equipo de gobierno asume como compromiso fundamental con los ciudadanos de Valladolid el máximo rigor en la gestión pública municipal, un elemento imprescindible para garantizar a los ciudadanos el mantenimiento de los servicios y prestaciones que vienen percibiendo del Ayuntamiento.

ORDENANZAS QUE SE MODIFICAN PARA EL EJERCICIO 2012

  • 1. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.

  • 2. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

  • 3. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

  • 4. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

  • 5. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por los documentos que expidan o de que entiendan la administración o las autoridades municipales a instancia de parte.

  • 6. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por la concesión de licencias y autorizaciones administrativas de autotaxis y demás vehículos de alquiler.

  • 7. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por servicios especiales por espectáculos o transportes.

  • 8. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por prestación de servicios urbanísticos.

  • 9. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por licencias ambientales y DE ACTIVIDADES SOMETIDAS AL RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN.

  • 10. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por prestación de servicios en el parque municipal de bomberos.

  • 11. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por la realización de actividades de la competencia municipal encaminada a la inmovilización y retirada de vehículos de las vías públicas municipales.

  • 12. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por la prestación de servicios para la protección del medio ambiente.

  • 13. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por utilizaciones privativas y aprovechamientos especiales del dominio público municipal.

  • 14. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por prestación de servicios en los mercados municipales.

  • 15. Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por prestación de servicios en el depósito canino municipal.

  • 16. Vías nuevas que se incorporan a los anexos del callejero.