Descripción

  • Los comercios adheridos cuentan con un distintivo de calidad para que el consumidor conozca los establecimientos que utilizan este sistema gratuito de mediación


La actividad de la Junta Arbitral de Consumo, un servicio gratuito que depende de la concejalía de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo y Comercio del Ayuntamiento de Valladolid, cobra fuerza en los últimos meses y consolida herramientas innovadoras para atender al público. La pandemia supuso una reducción drástica de casos, más de un 50%, debido al parón del consumo pero a la vez implicó el reto de llevar a cabo audiencias online; un sistema que ya se ha establecido como método de trabajo de la Junta Arbitral, algo pionero en este ámbito, y que ha tenido muy buena acogida por parte de la ciudadanía, incluso por parte la gente más mayor.


La Junta Arbitral atiende litigios de consumidores y empresas en relación a derechos legales o contractuales de las personas que realizan un acto de consumo. La concejala, Charo Chávez, ha firmado recientemente un convenio con el Ministerio de Consumo y la Junta de Castilla y León que renueva las funciones y capacidad ejecutiva de la Junta Arbitral hasta 2025.


La concejala de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo y Comercio, Charo Chávez, destaca que se trata de "una apuesta por el consumo responsable y por la gestión local para apoyar tanto a la ciudadanía como a las empresas, más de 3.000 adheridas voluntariamente a un sistema de mediación consolidado y que funciona muy bien: en quince años ningún laudo de la junta municipal del consistorio vallisoletano ha sido anulado por los tribunales, y han sido casi 3.000 casos".


Es un servicio municipal gratuito, apoyado con una ayuda anual de 25.000 euros por parte del Ministerio de Consumo, que se gestiona desde la Concejalía de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo y Comercio. Cubre todos los gastos del proceso, incluso el coste de los peritajes si son necesarios. Este papel de mediación se presta desde el consistorio vallisoletano hace más de veinticinco años y lo único que requiere es que las empresas se adhieran al sistema de arbitraje municipal con un convenio en el que se acepta acatar las resoluciones que se dicten en cada caso.


Al llegar la reclamación a la Junta Arbitral, se comprueba si la empresa forma parte del sistema de arbitraje; si no fuera así, la entidad puede darse de alta en ese momento o bien aceptar el caso concreto, con el compromiso de respetar el dictamen que se obtenga.


El sistema arbitral


El sistema arbitral soluciona conflictos de modo extra judicial, por tanto, evita acudir a los tribunales y puede paliar en parte el exceso de trabajo de los juzgados. Además de ser gratuito, es "ágil, eficiente y su resolución, denominada laudo arbitral, pone fin a la vía administrativa, tiene fuerza de título ejecutivo y carácter de cosa juzgada", destacan los técnicos responsables de este servicio. En muchos casos el proceso se resuelve a través de la mediación, sin necesidad de dictar el "laudo". En 2021, por ejemplo, de los 180 casos resueltos, 122 han sido por mediación y 58 por laudo. La eficiencia no sólo se revela por la cantidad de resoluciones resueltas, casi 3.000 en estos últimos años, sino por la calidad de las resoluciones arbitrales: en quince años ningún laudo de la junta municipal del consistorio vallisoletano ha sido anulado por los tribunales.


Por otra parte "no se arbitran todas las discrepancias", por ejemplo, no son objeto de arbitraje de consumo los conflictos sobre intoxicación, lesión, muerte o aquellos en que existan indicios racionales de delito, incluida la responsabilidad por daños y perjuicios).

Resolver las solicitudes de arbitraje es "competencia de la Junta Arbitral de Consumo a la que las partes, de común acuerdo, someten la resolución del conflicto". Si no hay acuerdo de las partes, será competente la Junta Arbitral Territorial en la que tenga su domicilio el consumidor.


La junta arbitral municipal está integrada por empleados públicos: una presidenta, un secretario y personal de apoyo. Estos órganos colegiados cuentan con tres árbitros, elegidos entre los propuestos por la Administración, asociaciones de consumidores y usuarios y organizaciones empresariales o profesionales.


Pero hay excepciones en las que el órgano que resuelve está compuesto por una sola persona, como en los casos en que las partes así lo acuerden o cuando lo decida el presidente de la Junta Arbitral de Consumo, siempre que la cuantía del desacuerdo sea inferior a 300 euros y que la falta de complejidad del asunto así lo aconseje.


Los conflictos más frecuentes están relacionados con el sector de telecomunicaciones "por exceso de cobro en las tarifas, los servicios o las conexiones". Es importante subrayar que se acatan las resoluciones porque no solo las administraciones públicas y las asociaciones de consumidores fomentan este sistema, sino que también lo hacen las organizaciones empresariales. Además, después de continuas reivindicaciones, se ha logrado que los empresarios pueden formular reconvención, en el procedimiento arbitral planteado contra ellos, una especie de contrademanda contra la reclamación principal del consumidor.


Cualquier persona o empresa interesada en los servicios que presta la Junta Arbitral puede contactar con el teléfono 983426229, 983247401 (Concejalía de Innovación, Desarrollo Económico, Empleo y Comercio - Agencia de Innovación) o a través del correo: jac@ava.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva