Descripción

Hoy se ha celebrado el Pleno Extraordinario del Ayuntamiento de Valladolid en el que se han elegido a los miembros que formarán las mesas electorales el 28 de mayo, fecha de las Elecciones Municipales. Además de la consulta que se puede hacer por Internet, el Ayuntamiento remitirá la próxima semana una carta a las personas elegidas aleatoriamente como presidentes, vocales o suplentes. En total, son 5.490 las personas que recibirán esa notificación para estar en las mesas electorales el domingo 28-M.


El artículo veintiséis de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, establece que la formación de las mesas compete a los Ayuntamientos bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona, designándose a sus componentes mediante sorteo público. Por ello conviene establecer unas reglas de procedimiento que, sin perjuicio de la normativa general aplicable al caso, clarifiquen el procedimiento a emplear en el Ayuntamiento de Valladolid y así el sorteo para cubrir los puestos de presidentes y vocales de cada una de las mesas previstas con motivo de las Elecciones Locales a celebrar el día 28 de mayo de 2023.


COMPOSICIÓN DE LAS MESAS


Cada Mesa Electoral estará compuesta por un presidente y dos vocales. Pero en el sorteo se eligen, además, dos suplentes por cada puesto, tanto del primer vocal como del segundo.


PERSONAS QUE PUEDEN FORMAR PARTE DE LAS MESAS.


Para que un elector pueda formar parte como Presidente o Suplente de Presidente de Mesa Electoral deberá cumplir las siguientes condiciones: -

- Figurar censado en la Mesa Electoral.

- Cumplir las condiciones de edad que figuran en la Ley Electoral, es decir, haber nacido entre el 28 de mayo de 2005 (inclusive) y el 28 de mayo de 1953 (sin incluir).

– Condiciones de Grado de Escolaridad que figuran en la Ley Electoral (título de Bachiller o el de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente).

Para que un elector pueda formar parte como Vocal o Suplente de Vocal de Mesa Electoral deberá cumplir las siguientes condiciones:

- Figurar censado en la Mesa Electoral. - Cumplir las condiciones de edad que figuran en la Ley Electoral, es decir, haber nacido entre el 28 de mayo de 2005 (inclusive) y el 28 de mayo de 1953 (sin incluir).

- Condiciones de Grado de Escolaridad que figuran en la Ley Electoral (saber leer y escribir).


Para la realización del sorteo se utiliza la aplicación informática desarrollada por la Oficina del Censo Electoral con este fin que se encuentra disponible en la dirección web antes citada (https://idacelec.ine.es/idacelec-web). Dicha aplicación informática realiza un sorteo aleatorio simultáneo para todas las mesas. El sorteo se ha llevado a cabo en el Pleno Municipal a través de un equipo informático mediante el cual, un funcionario municipal autorizado accede a la aplicación informática para la realización del mismo.

Pleno. generalPleno. general

Para municipios con un número de mesas superior a 100 (Valladolid tiene 366) el sorteo no se realiza online, sino que se procesa en diferido, estando disponible el resultado del sorteo con posterioridad. De cara a garantizar la composición de las mesas electorales, el sorteo se realiza con el número máximo de reservas que la aplicación informática permite, de forma que, en caso necesario cuando en número de miembros de mesa notificados sea insuficiente, puedan ser nombrados miembros de mesa reservas de orden posterior.


PUBLICACIÓN DEL RESULTADO DEL SORTEO .


Una vez que el sorteo esté finalizado, en la página web municipal (https://www.valladolid.es/esEste enlace se abrirá en una ventana nueva) se habilitará un sistema de consulta del resultado del sorteo a través del número de DNI.