Descripción

  • Este sistema es accesible desde la página principal de la web municipal, a través del icono ‘Canal Interno de Información’, donde se ofrece además una completa guía para facilitar el acceso al mismo, procurando la mayor facilidad en su uso y ofreciendo garantías de confidencialidad y protección del informante.

El concejal de Hacienda, Personal y Modernización Administrativa, Francisco Blanco, y la concejala delegada especial de Modernización Administrativa, Silvia Tomillo, han presentado hoy el ‘Sistema Interno de Información’ que el Ayuntamiento de Valladolid ha puesto en marcha al objeto de avanzar con su política de modernización de la Administración y dar cumplimiento a la normativa existente.

Se trata del cauce por el que los empleados municipales, así como otras personas que estén o hayan estado en contacto con la Administración local con motivo de su actividad laboral, podrán comunicar informaciones sobre posibles infracciones del ordenamiento jurídico en el ámbito del Ayuntamiento de Valladolid.

Este Sistema es accesible desde la página principal de la web municipal, a través del icono ‘Canal Interno de Información’, donde se ofrece además una completa guía para facilitar el acceso al mismo, procurando la mayor facilidad en su uso y ofreciendo garantías de confidencialidad y protección del informante. El canal permite la comunicación de informaciones de manera escrita o verbal, así como de forma anónima.

Se incorporan, asimismo, referencias a otros canales de comunicación externa al Ayuntamiento, a través de los que igualmente se pueden trasladar informaciones sobre las posibles infracciones del ordenamiento jurídico detectadas en el ámbito del Ayuntamiento de Valladolid.

El ‘Canal de Información’, como canal interno para comunicar posibles infracciones, se encuentra regulado por Decreto de Alcaldía núm. 2024/1003, de fecha 12 de febrero, y tiene su antecedente en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y lucha contra la corrupción, que incorporó al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

El canal forma parte del ‘Sistema Interno de Información del Ayuntamiento’, que además del canal regula el procedimiento de tramitación de las denuncias y designa al responsable del mismo, que para mayor objetividad de la actuación se atribuye a un órgano colegiado denominado ‘Comisión de Integridad’.

Inspiran la definición del ‘Sistema Interno de Información’ los siguientes principios:


  • Compromiso de los órganos de Gobierno municipal para la efectiva implantación del ‘Sistema Interno de Información’.
  • Transparencia en el funcionamiento del Sistema, con información clara para los ciudadanos, incluida la relativa a los canales externos de información.
    • Criterio antiformalista en la presentación de comunicaciones, permitiendo tanto las escritas como las verbales, ofreciendo distintos medios de traslado (web, correo postal, correo electrónico, telefónico, presencial, etc.). Confidencialidad en cualquier actuación en el marco de gestión del Sistema interno de información.
    • Anonimidad y no rastreabilidad de las comunicaciones enviadas al ‘Sistema Interno de Información, cuando esta sea la opción elegida por el informante.
    • Impulso de las medidas y garantías de la protección del informante o de las personas que participen o ayuden en el proceso de investigación, siempre que medie buena fe en las actuaciones.
    • Integración de los canales de información correspondientes a las distintas entidades del sector público municipal, en la medida que ello resulte posible.
    • Garantía de la presunción de inocencia y al honor de las personas afectadas por la información, así como el derecho a ser escuchadas.

Medidas de protección y apoyo a las personas informantes

Las personas que comuniquen o revelen posibles infracciones del ordenamiento jurídico en el ámbito del Ayuntamiento de Valladolid tendrán derecho a las medidas de protección establecidas en el Título VII -Medidas de protección- de la Ley 2/2023, singularmente:


  • Prohibición de represalias.
  • Información, asesoramiento y asistencia efectiva y jurídica en los términos establecidos en la Ley.

Cualquier empleado municipal, o de alguna de las entidades de su sector público incluidas en el ámbito de aplicación del ‘Sistema Interno de Información’ del Ayuntamiento de Valladolid, que reciba alguna comunicación, con independencia de que esta se remita al margen de los canales de denuncia establecidos, está obligado a guardar confidencialidad respecto de la misma así como su remisión inmediata al responsable del Sistema, adquiriendo en otro caso responsabilidad por la comisión de una infracción muy grave, conforme a la tipología establecida a este respecto en la Ley 2/2023.


Garantías respecto a las personas afectadas por las comunicaciones

Se garantiza a las personas afectadas por una comunicación el derecho a recibir información sobre las acciones u omisiones que se le atribuyen, a ser oída al respecto, al respeto a su presunción de inocencia y a la preservación de su identidad y a la confidencialidad de los hechos y datos del procedimiento, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 9, 19 y 39 de la Ley 2/2023.

Así pues, la finalidad del ‘Sistema Interno de Información’ se centra en el fortalecimiento de las estructuras municipales para garantizar la integridad en el funcionamiento de la Administración municipal, otorgando protección frente a las represalias que puedan sufrir las personas físicas que informen sobre posibles infracciones del ordenamiento jurídico en el ámbito del Ayuntamiento de Valladolid, fomentando así la cultura de la información o comunicación como mecanismo para prevenir y detectar amenazas al interés público.