Descripción

El Ayuntamiento de Valladolid ha aprobado hoy el decreto sobre las "medidas extraordinarias para la instalación y reapertura al público de terrazas como consecuencia de la crisis sanitaria".

El decreto recoge los detalles del acuerdo alcanzado en el Grupo de Trabajo integrado por el PSOE, PP, Cs y VTLP para la recuperación económica y social de la crisis del COVID-19, así como con los representantes del sector de la Hostelería de Valladolid. Esta regulación responde a la flexibilización contemplada por el Gobierno de España en la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

El decreto aprobado recoge la renovación para el año 2020 de la totalidad de las licencias de terrazas vigentes en el año 2019, manteniendo las mismas condiciones establecidas en dicho ejercicio, sin necesidad de que se presente solicitud al respecto.

Artículo 15 de la Orden Ministerio de Sanidad SND/399/2020 de 9 de Mayo:

"1. Podrá procederse a la reapertura al público de las terrazas al aire libre de los establecimientos de hostelería y restauración limitándose al cincuenta por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal. En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

A los efectos de la presente Orden se considera terrazas al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.

2. En el caso de que el establecimiento de hostelería y restauración obtuviera el permiso del Ayuntamiento para incrementar la superficie destinada a la terraza al aire libre, se podrán incrementar el número de mesas previsto en el apartado anterior, respetando, en todo caso, la proporción del cincuenta por ciento entre mesas y superficie disponible y llevando a cabo un incremento proporcional del espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública en el que se ubique la terraza.

3. La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal".

El Decreto que entrará en vigor en el municipio de Valladolid contempla las siguientes medidas extraordinarias para facilitar la instalación y reapertura al público de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración ubicadas en el dominio público municipal:

En el Decreto se dan los siguientes supuestos:

  1. 1. Incremento de superficie por instalación máxima del 50% de las mesas.

Los interesados deberán presentar comunicación y plano-croquis.

Siempre que el incremento respete las condiciones de accesibilidad exigidas por la normativa vigente, así como la superficie ocupada por otras terrazas.

La simple presentación opera como autorización provisional

  1. 2. Incremento de superficie por instalación entre el 50 y el 100% de mesas inicialmente autorizadas.

Los interesados deberán presentar solicitud con plano-croquis.

Precisan autorización individualizada del Ayuntamiento.

Respetar proporción del 50% entre mesas y superficie disponible.

  1. 3. Incremento de superficie por instalación en plazas de estacionamiento adyacente o en lugar separado por calzada abierta al tráfico rodado de un solo carril.

Los interesados deberán presentar solicitud con plano-croquis.

Precisan autorización individualizada del Ayuntamiento.

  1. Plazas y zonas estanciales de alta ocupación hostelera.

Los interesados deberán presentar solicitud con plano-croquis.

Se priorizará la tramitación de propuestas consensuadas conjuntas de redistribución de elementos de los establecimientos de una misma zona, con el fin de conciliar todos sus intereses con el cumplimiento del interés general que en todo ha de prevalecer.

Precisan autorización individualizada del Ayuntamiento los espacios siguientes:

Plaza Mayor y entorno, Plaza Martí Monsó y entorno, Plaza de Rinconada, Entorno Mercado del Val, Plaza de Cantarranillas, Plaza de los Arces, Entorno Iglesia San Martín, Entorno de la Catedral, Plaza de la Libertad, Entorno de la Antigua, Plaza de España, C/ Acera Recoletos, C/ Librería Plaza Marcos Fernández.

El plazo para presentar cualquier comunicación o solicitud será de 15 días naturales a contar desde el día siguiente a que resulte posible la apertura de terrazas en Valladolid.

Todas las autorizaciones que se concedan para ampliación de las terrazas existentes o implantación de otras nuevas con excepciones a lo dispuesto en la Ordenanza de Terrazas, tendrán carácter provisional y excepcional, permaneciendo vigentes hasta que desaparezcan las circunstancias excepcionales que han motivado su adopción.

Se adjuntan al Decreto cuatro anexos que tratan de facilitar al sector de la hostelería las gestiones administrativas:

  • Anexo 1. Relación de áreas estanciales de grandes dimensiones y alta ocupación hostelera que requieren solicitud para ampliación de ocupación de vía pública.
  • Anexo II modelos A, B y C, para la comunicación o solicitud de los distintos supuestos contemplados en el Decreto.
  • Anexo III. Decálogo de las condiciones generales para la reapertura de las terrazas, conforme a las Órdenes de la autoridad sanitaria.
  • Anexo IV. Decálogo para trabajadores/as y empresas en terrazas durante la Fase 1, conforme a las Órdenes de la autoridad sanitaria.