Descripción

En el primer ciclo de educación se atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los 3 años de edad. Se imparte en Escuelas de Educación Infantil.

Los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil se orientan a lograr un desarrollo integral y armónico de los niños y niñas, a procurar los aprendizajes que contribuyan y hagan posible dicho desarrollo.

La admisión a enseñanzas de primer ciclo de educación infantil en centros docentes de titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o que participan en la iniciativa de gratuidad de estas enseñanzas, para el curso 2026-2027, está regulada por;

A fin de planificar las distintas actuaciones y concretar determinados aspectos de la gestión del proceso de admisión se publica la siguiente Resolución.

Resolución Admisión 0-3 años (1.1 MB) (26 páginas)


PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE ADMISIÓN

La participación en el proceso de admisión se realiza de forma diferenciada según el momento y las circunstancias bajo las que se solicite:

Proceso ordinario

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Del 17 de marzo al 8 de abril de 2026 (hasta las 14:00h)

Periodo comprendido entre la publicación de la Resolución anual por la que se concreta la gestión del proceso y la resolución de adjudicación de plazas.

PERIODO NO ORDINARIO "EXCEPCIONALIDAD"

Admisión del alumnado fuera del proceso ordinario. Educación infantil, Educación primaria, ESO y Bachillerato.

Plazo de presentación de solicitudes; Del 14 de julio al 28 de agosto (hasta las 14:00h) de 2026

Procedimiento de admisión en supuestos excepcionales

  • Necesidades excepcionales de escolarización inmediata que se produzca a lo largo del curso escolar y no puedan ser resueltas mediante el proceso ordinario de admisión.
  • Cambio de residencia derivado de actos de violencia de género.
  • Discapacidad sobrevenida.
  • Traslado de la unidad familiar (movilidad forzosa).
  • Incorporación al sistema educativo.
  • Adopción o acogimiento.
  • Convivencia escolar desfavorable.
  • Cambios de centro realizados de oficio por la dirección provincial.

Procedimiento simplificado de cambio de centro para el curso